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</script>{"id":856,"date":"2021-02-21T11:36:32","date_gmt":"2021-02-21T14:36:32","guid":{"rendered":"http:\/\/economiaendescubierto.com.ar\/?p=856"},"modified":"2021-02-21T11:36:32","modified_gmt":"2021-02-21T14:36:32","slug":"cuales-son-los-incentivos-fiscales-para-las-actividades-tecnologicas-en-los-paises-de-la-region","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiaendescubierto.com.ar\/?p=856","title":{"rendered":"Cu\u00e1les son los incentivos fiscales para las actividades tecnol\u00f3gicas en los pa\u00edses de la regi\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>Durante el 2020 pudimos ver dos escenarios distintos, el primero fue la crisis econ\u00f3mica en toda Latinoam\u00e9rica, como resultado de la misma varias empresas quebraron, el desempleo aumento y la ca\u00edda registrada del PBI en todos los pa\u00edses de la regi\u00f3n lleg\u00f3 a valores nunca antes vistos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, las nuevas tecnolog\u00edas de la llamada era 4.0 tomaron un giro inesperado creciendo de forma exponencial, las\u00a0inversiones\u00a0en criptoactivos, el uso de plataformas para pagos el\u00e9ctricos, uso de plataformas virtuales, entre otras, generaron que el rubro tecnol\u00f3gico percibiera ganancias mayores a a\u00f1os anteriores<\/p>\n\n\n\n<p>La pregunta que debemos realizarnos es&nbsp;<strong>si puede existir alguna relaci\u00f3n entre los dos escenarios planteados, y si la hay, cu\u00e1l es la misma.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el presente art\u00edculo realizaremos un an\u00e1lisis de los incentivos fiscales existentes en<strong>&nbsp;M\u00e9xico, Colombia, Chile y Argentina<\/strong>, e intentaremos responder la pregunta planteada.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CASO MEXICO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e9xico no cuenta con una legislaci\u00f3n especifica que brinde beneficios a las actividades tecnol\u00f3gicas, pero si cuenta con un programa de beneficios fiscales llamado EFIDT, Est\u00edmulo Fiscal a la Investigaci\u00f3n y Desarrollo de\u00a0Tecnolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El EFIDT Es un est\u00edmulo otorgado a trav\u00e9s de un cr\u00e9dito fiscal al contribuyente que realice gastos e inversiones en IDT, es acreditable contra el ISR de los contribuyentes y puede ser ejercido en un periodo de 10 a\u00f1os, hasta agotarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>El est\u00edmulo es equivalente al 30% de los gastos e inversiones incrementales en IDT, respecto al monto de gastos e inversiones promedio en los tres ejercicios anteriores al ejercicio en el cual se solicite el est\u00edmulo o un monto m\u00e1ximo de 50 millones de pesos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CASO COLOMBIANO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso colombiano podremos ver que aplican el modelo de la llamada Econom\u00eda Naranja, la idea de la misma es aplicar una cadena de ideas que mediante un valor agregado de bienes y servicios culturales y tecnolog\u00eda puede verse en la registraci\u00f3n de su propiedad intelectual.<\/p>\n\n\n\n<p>El modelo apunta a ciertas ideas, como emprendimientos, tecnolog\u00eda y cultura, el decreto 286 establece lo siguiente &#8220;Que el numeral 1 o del art\u00edculo 235-2 del Estatuto Tributario, modificado por el art\u00edculo 91 de la Ley 2010 de 2019, dispone: &#8220;Incentivo tributario para empresas de econom\u00eda naranja. Las rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnol\u00f3gico y actividades creativas, por un t\u00e9rmino de siete (7) a\u00f1os, siempre que se cumplan los siguientes requisitos&#8221;<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>a) Las sociedades deben tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano, y su objeto social exclusivo debe ser el desarrollo de industrias de valor agregado tecnol\u00f3gico y\/o actividades creativas.<\/li><li>sociedades deben ser constituidas e iniciar su actividad econ\u00f3mica antes del 31 de diciembre 2021<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>CASO CHILENO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Chile cuenta con la ley 20241, la llamada ley de investigaci\u00f3n y desarrollo, la cual contempla dos incentivos fiscales, una deducci\u00f3n del 65% en concepto de los gastos aplicados en investigaci\u00f3n y desarrollo, y un cr\u00e9dito del 35% aplicable contra la renta de 1 de la la LIR, el impuesto sobre la renta.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo el organismo encargado del funcionamiento de dicha ley es el CORFO, la corporaci\u00f3n de fomento de la producci\u00f3n, la cual tiene las facultades de auditar los contratos celebrados entre los contribuyentes y los centros de investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n establece el procedimiento administrativo mediante el cual se registran los centros de investigaci\u00f3n, y se certifican los contratos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>QU\u00c9 PASA EN LA ARGENTINA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En Argentina existe el llamado R\u00e9gimen de Econom\u00eda del Conocimiento, que fue originalmente creado en 2019 por ley 27506, y posteriormente suspendido a comienzos del a\u00f1o pasado y reactivado posteriormente por la ley 27.570 a fines del a\u00f1o pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>El mismo contempla diversos beneficios fiscales para aquellas empresas que tengan como actividades principales, actividades relacionadas con la tecnolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Algunos de los beneficios que el mismo brinda son:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Bono de cr\u00e9dito<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Incentivo adicional<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Reducciones en impuestos a las ganancias<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Estabilidad fiscal<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; No retenci\u00f3n y percepci\u00f3n en IVA.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONCLUSION<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Luego de haber realizado un an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n existente en Argentina, Colombia, Chile y M\u00e9xico, podremos ver que algunos modelos apuntaran a fomentar la econom\u00eda interna, como es el caso de Chile y de M\u00e9xico, por otro lado podremos ver que habr\u00e1n otros modelos que buscaran priorizar captar la inversi\u00f3n extranjera, apostando a una reactivaci\u00f3n mediante inversiones del exterior como son el caso de Argentina y Colombia.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque ambos modelos apuntan a medios distintos, el resultado ser\u00e1 el mismo, la reactivaci\u00f3n de la econom\u00eda mediante incentivos fiscales al rubro tecnol\u00f3gico.<\/p>\n\n\n\n<p>En otras palabras, si los estados acompa\u00f1an el crecimiento de las nuevas tecnolog\u00edas, podremos encontrarnos frente a una posible soluci\u00f3n a la crisis regional causada por el Covid-19.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Ambito<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante el 2020 pudimos ver dos escenarios distintos, el primero fue la crisis econ\u00f3mica en toda Latinoam\u00e9rica, como resultado de la misma varias empresas quebraron, el desempleo aumento y la ca\u00edda registrada del PBI en todos los pa\u00edses de la regi\u00f3n lleg\u00f3 a valores nunca antes vistos. 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